El pasado 18 de noviembre, en el Diario Oficial de la Federación se publicó la Tercera Resolución de Modificaciones a las Resolución Miscelánea Fiscal para 2020. Estas modificaciones atienden un sesgo que tenia la Ley en tema de impuestos a las ventas por internet, ya que estas con anterioridad no generaban cobro de Impuesto al Valor Añadido (IVA) y a partir del 1 de enero del 2021 ya será un impuesto obligatorio a cubrir por empresas y personas físicas que hagan uso de plataformas para venta de servicios o productos.
Los cambios en el caso de la Miscelánea Fiscal van enfocados a los diferentes impuestos que existen, como lo que es el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), Impuesto Sobre la Renta (ISR) e Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). Estos repercuten la operatividad de empresas y personas.
Estos cambios a la Reforma Fiscal modifican considerablemente la Retención de ISR en ingresos por plataformas digitales, es decir, las empresas, negocios o personas que generan ingresos por medio de una plataforma digital, debe revisar las nuevas tasas de retención de ISR y al considerarla representará una consideración en los costos de servicios y productos.
En De la Paz, Costemalle – DFK se informa las empresas sobre las modificaciones que pueden representar un cambio en la forma de operar y ganancias como, por ejemplo:
- Servicios de transporte terrestres, entrega de bienes o comida: pasa de 2.8% al 2.1%
- Plataformas de hospedajes, la retención del 5% pasa al 4%.
- Todas las plataformas deben estar registradas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de lo contrario serán bloqueadas.
Estas modificaciones podrán cambiar los costos en los artículos o servicios que se brinden por medio de plataformas digitales, pero no solo eso. El 2021 tendrá otros cambios que se incluyen y los especialistas en De la Paz, Costemalle – DFK comentan que estos van relacionados con el SAT los cuales son:
- Cancelación de los sellos digitales, en donde el contribuyente contará con hasta 10 días para presentar su aclaración, en caso de no hacerlo el SAT cancelará el sello.
- Devoluciones: el contribuyente debe actualizar o es su caso conformar su domicilio fiscal, en caso contrario la autoridad fiscal podrá cancelar el saldo a favor.
Dentro de los cambios aprobados en la Ley Federal de Derechos (LFD), es el aumento del costo de los pasaportes emitidos por emergencia, con un 30% más del precio original. Estas modificaciones son importantes a considerar ya que pueden modificar considerablemente los costos operativos de las empresas y de no ser tomados en cuenta, representarán un caso grave para la sobrevivencia de la empresa.
Por esto es muy importante contar con la opinión y experiencia de los expertos como en De la Paz, Costemalle – DFK, quienes brindan toda la orientación acerca de las modificaciones y orientan sobre cómo ajustar a la empresa para no sufrir o padecer la reforma fiscal 2021.
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