En marzo y abril, es el llenado de la declaración anual del ejercicio 2022, tanto para personas físicas como morales, esta deberá presentarse a más tardar el 31 de marzo y el 30 de abril del 2023 respectivamente.
Este año en De la Paz, Costemalle - DFK los especialistas comentan que se modificó la plantilla del apartado de los "estados financieros" para el llenado de la declaración anual.
Ahora, en el caso de las empresas, se tendrá la obligación de presentar la información de los cuatro estados financieros, comparados contra el ejercicio anterior (2021), adicionando las notas a los estados financieros que le sean aplicables, aseguran los expertos contables en De la Paz, Costemalle - DFK, los cuales son:
- Balance general o de situación.
- Estado de resultados.
- Estado de flujo de efectivo.
- Estado de cambios en el capital contable.
Cada concepto o cuenta de mayor de los estados financieros, deberá de llenarse con la información e importe de sus subcuentas. Así lo establece la ley en el llenado para este ejercicio, el cual representa mayor responsabilidad y orden en las cuentas y estados financieros de las empresas.
Actualmente, para los contribuyentes que estén obligados a presentar la Información sobre situación fiscal (ISSIF), no se les habilitará el apartado de los "estados financieros", debiendo adjuntar solamente el archivo correspondiente, afirman los expertos en De la Paz, Costemalle - DFK.
Es muy importante contar con un especialista fiscal, que pueda conocer a detalle como realizar este llenado de la declaración anual de forma correcta, solo así las empresas se aseguran de contar con la mejor estrategia para con la autoridad que, además de permitirles cumplir con sus obligaciones, no represente un problema o afectación financiera a futuro.
En De la Paz, Costemalle - DFK, los expertos realizan una previa revisión para detectar posibles áreas o temas a atender previo a hacerlo ante la autoridad y así brindar certeza a sus aliados de negocio de que esta será realizada de forma óptima.