En México la igualdad en diversas partes no es muy considerado, se ha tratado con el paso del tiempo luchar por la igualdad indígena que representa a nuestro país, sin embargo, con el paso del tiempo se complica más este delicado tema, por lo cual, el gobierno de San Luis Potosí que es donde se encuentran diferentes etnias busca acabar la disimilación indígena
Con el objetivo de abatir las carencias y rezagos que afecten directamente a los pueblos indígenas, además de promover la igualdad de oportunidades y así eliminar prácticas discriminatorias, la diputada María Rebeca Terán Guevara presentó una iniciativa para reformar la Ley de Consulta Indígena para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.
A fin de armonizarla con el Artículo 2° apartado B fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que de esta manera se establezcan las previsiones presupuestales necesarias para consultar a los pueblos indígenas y posibilitar el cumplimiento de cada uno de los objetos obligados en la ley, es decir, los señalados en el artículo 9° de la citada ley local.
Con esta reforma se establecería en la ley que serán objeto obligado de consulta las propuestas de reformas institucionales de los organismos públicos especializados en su atención.
Y se agrega que para garantizar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en este artículo, el Congreso del Estado y los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias establecerán las partidas específicas destinadas al cumplimiento de estas obligaciones en los presupuestos de egresos que aprueben, así como las formas y procedimientos para que las comunidades participen en el ejercicio y vigilancia de las mismas.
Sin perjuicio de los derechos aquí establecidos a favor de los indígenas, sus comunidades y pueblos, toda comunidad equiparable a aquellos tendrá en lo conducente los mismos derechos tal y como lo establezca la Ley.
En la exposición de motivos de la iniciativa presentada se señala que la Ley de Consulta Indígena para el Estado y Municipios de San Luis Potosí fue publicada el 8 de junio de 2010, reglamentaria del artículo 9° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de San Luis Potosí, acorde al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de consulta a pueblos y comunidades Indígenas, así como a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Dicha Ley de Consulta Indígena tiene por objeto establecer los casos en que debe consultarse a las comunidades indígenas, y la forma en que deben llevarse a cabo las consultas, en sus fases de diseño, planeación, operación, seguimiento y evaluación. Esta iniciativa se turnó a las comisiones de Asuntos Indígenas; y Hacienda del Estado para su análisis correspondiente.
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